Llega el certificado de eficiencia energética de los edificios
Todo el mundo sabe cuánto combustible consume su vehículo. Pero ¿quién está informado sobre el consumo energético de su casa? El certificado de eficiencia energética de los edificios da información sobre ello y más. Y a más tardar, el 1 de enero de 2009 todo edificio deberá disponer de un certificado de este tipo. Este certificado contiene información sobre el estado energético de un edificio, así como eventuales recomendaciones para su modernización. Así, el certificado de eficiencia energética de los edificios aporta a propietarios y arrendatarios valiosos datos sobre la eficiencia energética del edificio. También presenta potenciales de ahorro y permite una comparación de la demanda energética de diversos edificios. Todo propietario de una casa debe presentar un certificado de eficiencia energética del edificio a la hora de vender un inmueble o de cambiar de arrendatario. Esto tiene validez tanto para edificios de viviendas, como para edificios que no alberguen viviendas.
Se debe distinguir entre dos tipos de certificados de eficiencia energética: el certificado de demanda y el de consumo. El certificado de demanda exige un peritaje de los componentes térmicos técnicos relevantes del edificio por parte de un especialista. El certificado de consumo se elabora, por el contrario, en base al cálculo de costes de energía. El procedimiento es sencillo y económico, pero su resultado depende en gran medida del comportamiento del usuario. Para los edificios de nueva construcción y para los que se han sometido a un saneamiento importante, se debe elaborar siempre un certificado de consumo. En los edificios existentes, se puede elegir entre el certificado de consumo o el de demanda.